El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara Irregular que la normativa española no permita a las empleadas del hogar cobrar el Paro por desempleo.
La triste realidad que en la actualidad miles de personas que trabajan como empleadas del hogar en España, las cuales, a pesar de estar trabajando en régimen general, no tienen derecho a cobrar prestación por desempleo. pues, sobre esa cuestión, se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictaminado que que exclusión de las empleadas del hogar, que recoge la normativa española, la cual les impide el acceso a la prestación del paro por desempleo, NO se ajusta a derecho y por tanto, contraria al derecho de la Unión Europea.
El Tribunal sentencia que esta exclusión provoca una mayor desprotección social a los empleados del hogar, lo cual se traduce, en desamparo social. Así mismo, establece que, en vista de que, en España, el 95% de las personas que trabajan como empled@s del hogar son mujeres, la normativa española entraña una discriminación indirecta de sexo , porque esta situación coloca a las mujeres en una situación de desventajas con respecto a otras personas de diferente sexo.
Por lo que, todos los trabajadores que desarrollen actividad laboral por cuenta ajena en régimen general, tienen derecho a cobrar la prestación de paro por desempleo.
Elsa Mateo-Abogada.
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